IMPORTANTE AVANCE DE LA UFOLOGIA BRASILERA

TOMO ESTADO PARLAMENTARIO EL PROCESO DE DESCLASIFICACION EN BRASIL.

PUBLICACION DEL PROYECTO LEGISLATIVO

LA COMISION BRASILERA DE UFOLOGOS (CBU) ATRAVES DE UNA PRESENTACION DEL MINSITERIO DE DEFENSA, TRATAMIENTO EN LA CAMARA DE DIPUTADOS, A TRAVES DEL DIPUTADO CHICO ALENCAR, DEL PARTIDO SOCIALISTA Y LIBERTAD (PSOL/RJ)

Ministerio de la Defensa ser interrogado por la Cmara de los Diputados

Convocamos prensa y poblacion en el cobro de resultados

Vea el requerimento, su importancia y comprenda el significado para Ufologia.

ES con inmensa satisfaccion que comunicamos a toda Comunidad Ufologica, sus ufologos, investigadores, simpatizantes y defensores que ya est en la Mesa Directora de la Cmara de los Diputados en Brasil el requerimento de informaciones de los ufologos al Ministerio de la Defensa, solicitado por la Comision Brasileña de Ufologos (CBU) al diputado Chico Alencar, del Partido Socialismo y Libertad (PSOL/RJ). Conforme determina el Regimento Interno de la Cmara, la Mesa tiene cinco sesiones para indeferir o enviar el requerimento al destinatario. Ejecutado el requerimento despues de ese plazo, el cual no debe extrapolar noviembre – ya que no se trata de cuestion polemica -, el ministro Nelson Jobim dispondr de treinta d­as para responderlo, conforme dicta el Regimento, que sigue fielmente la Constitucion. Ved lo que dispone la legislacion sobre el caso:

Seccion II

Sujetos a Despacho del Presidente, O­da la Mesa

Art. 115. Sern escritos y despachados en el plazo de cinco sesiones, por el Presidente, o­da la Mesa, y publicados con la respectiva decision en el Diario de la Cmara de los Diputados, los requerimentos que soliciten:

I – informacion a Ministro de Estado; (…)
Prrafo unico. En las hipotesis de este art­culo, cabr recurso al Plenario dentro en cinco sesiones, a contar de la publicacion del despacho indeferitorio en el Diario de la Cmara de los Diputados. El recurso ser decidido por el proceso simbolico, sin discusion, siendo permitido el encaminhamento de votacion por el Autor del requerimento y por los L­deres, por cinco minutos cada uno.

Art. 116. Los pedidos escritos de informacion a Ministro de Estado, importando crimen de responsabilidad a rechaza o la no-atencion en el plazo de treinta d­as, as­ como la prestacion de informaciones falsas, sern encaminados por el primer-Secretario de la Cmara, observadas las siguientes reglas:

I – presentado requerimento de informacion, si esta llegar espontneamente a la Cmara o ya haya sido prestada en respuesta a pedido anterior, de ella ser entregue copia al Diputado interesado, si no haya sido publicada en el Diario de la Cmara de los Diputados, considerndose, en consecuencia, perjudicada la proposicion;
II – los requerimentos de informacion solamente podrn referirse a acto o hecho, en el rea de cualificacion del Ministerio, incluidos los organos o entidades de la administracion publica indirecta bajo su supervision:
a) relacionado con materia legislativa en tramite, o cualquier asunto sometido a la apreciaa§a£o del Congreso Nacional, de sus Casas o Comisiones;
b) sujeto a la fiscalizacion y al control del Congreso Nacional, de sus Casas o Comisiones;
c) pertinente a la atribuiciones del Congreso Nacional; (…).

La Comision Brasileña de Ufologos (CBU) agradece inmensamente el apoyo del diputado Chico Alencar a la campaña UFOs: Libertad de Informacion Ya, igualmente a los diputados Guilherme Campos (DEM/SP) y Wilson Picler (PDT/PR), que tuvieron participacion efectiva en los objetivos de la campaña y de este requerimento enviado al Ministro de la Defensa.

Convocamos la prensa y toda la comunidad ufologica brasileña para acompañar paso a paso, divulgar y, principalmente, cobrar esta nueva empreitada en prol de los ciudadanos brasileños, que visan tan solamente el leg­timo cumplimiento de la Ley y el establecimiento de la verdad por el Gobierno Federal. As­ como la fiscalizacion de este cumplimiento, por medio del Congreso Nacional. Abajo, el contenido integral del requerimento:

REQUERIMENTO DE INFORMACIONES N.u 4470 DE 2009
(Del Sr. Chico Alencar)

Señor Presidente,

Requiero al Ministro de Estado de la Defensa informaciones sobre la generacion, posesion y suministro de documentacion publica solicitada por estudiosos del fenomeno de los objetos voladores no identificados.

En los terminos regimentais, requiero vuestra Excelaªncia que, o­da la Mesa, sean solicitadas al Ministro de Estado de la Defensa informaciones sobre la generacion, posesion y suministro de documentacion publica, requeridas por estudiosos del fenomeno de los objetos voladores no identificados, referentes a la siguientes cuestiones:

1. Existen informaciones documentis sobre objetos voladores no identificados (OVNIS) o sobre cualesquier asuntos alusivos al estudio de Ufologia, levantados, clasificados y arquivados en los cuatro niveles legales de sigilo (reservado, confidencial, secreto y ultrassecreto), bajo posesion de ese Ministerio, oriundos de las tres Fuerzas Armadas: Aeronutica, Ejercito y Marina, o bajo posesion de los Mandos de estas?

2. En caso positivo, hay informes resumidos y demonstrativos de contenido, tipos y fechas de clasificacion de esas informaciones? En ese caso, solicitamos el env­o de los mismos a esta Casa.

3. Hay registros de informaciones desclassificadas por decurso de plazo de ressalva, solicitadas por ciudadanos a traves de protocolo espec­fico, que hayan sido pasadas por ese Ministerio y sus Mandos subordinados a los solicitantes?

4. Existen datos sobre peticiones directas o indirectas al Gobierno Federal y a ese Ministerio, despues de vigencia de las Ley 11.111/2005 y Decreto 5301/2004, que soliciten la desclassificacion de documentos publicos relativos a la Ufologia?

5. Ese Ministerio ha tomado providencias para el recolhimento de aquellas informaciones ya desclassificadas, que fueron o no solicitadas por ciudadanos, al Archivo Nacional? Cules fueron esas medidas y cual el plazo final para efectivo cumplimiento de la Ley, en el tocante al asunto en ep­grafe?

6. El Ministro de la Defensa alguna vez fue convocado para participar de la Comision de Averiguacion y Anlisis de Informaciones Sigilosas, creada por la arriba referida? En caso positivo, cual el asunto centrico de la convocatoria y cual la fecha de reunion de esa Comision?

7. El d­a 02 de enero de 2008, fue protocolado en el Ministerio de la Defensa el documento de numero 60.000.000026/2008-45 – dossiaª UFOBRASIL. Cules son sus consideraciones en cuanto a la afirmaciones y solicitudes contenidas en el documento?

8. Cuando de la entrega del referido documento dossier UFOBRASIL‚ en la Presidencia de la Republica fueron intercambiados of­cios entre el Ministerio de la Defensa y la Casa Civil. Cules son sus consideraciones en cuanto al teor de estas comunicaciones?

9. En relacion al Protocolo identificado en la cuestion anterior, lo que el Ministerio de la Defensa, por medio de sus tres Fuerzas, ha a manifestar sobre los itens «y» y «f», «g», entero del item «j», «l», y principalmente el item «m», todos constantes del parrafo 14 del referido protocolo?

Justificacion

Los d­as 26 de diciembre de 2007 y 02 enero de 2008, un grupo de siete estudiosos del fenomeno de los objetos voladores no identificados (OVNI, o UFO, en ingles), denominado de Comision Brasileña de Ufologos, solicito al Gobierno Federal la desclassificacion de informaciones sigilosas sobre el tema, generadas y arquivadas por la Administracion Federal, as­ como su disponibilizacion para acceso publico.

Conforme manda la Ley 11.111/2005, quedada con el Decreto 5301/2004, los signatrios del documento el protocolaram en cinco instituciones del Gobierno Federal, entre ellas la Casa Civil y el Ministerio de la Defensa, apuntando las informaciones pretendidas y donde estar­an arquivadas, presentando farta argumentacion legal para atencion de sus pleitos y enfatizando que esos documentos son «permanentes, de valor historico, probatorio e informativo, que deben ser definitivamente preservados.» (Ley 8.159/91, art. 8, 3).

La prensa brasileña, en sus varios segmentos, de entre los cuales podemos citar la Red Globo, a traves del programa Fantstico, de 22 de mayo de 2005, Periodico Hoje de 28 de enero de 2008; periodico Folha de Sao Paulo, de 11 de enero de 2009, revista ISTOe, de 22 de julio de 2009, y la Revista UFO, en decenas de numeros mensuales a partir de abril de 2004, publicaron con destaque materias cuyos contenidos estuvieron vueltos principalmente para divulgacion de los pedidos de los ufologos y sus resultados prcticos.

En 2009, los tres ultimos veh­culos de prensa describieron, con llamadas de capa, la apertura de ms de dos mil pginas de documentos sigilosos enviadas directamente del Centro de Documentacion e Historico de la Aeronutica para el Archivo Nacional, entre octubre de 2008 y septiembre de 2009, adems de otras dos mil conseguidas por medio de donaciones de civiles y de militares de la reserva. Toda la documentacion es oficial, y se encuentra disponible para consulta publica en las dependencias de la Coordinacion Regional del Archivo Nacional en el Distrito Federal (COREG), organo subordinado a la Casa Civil.

Segun las materias, aunque la Aeronutica haya suministrado la mayor parte de su archivo desclassificado por cierre de plazo de sigilo, documentos considerados fundamentales para la obtencion de datos concretos sobre la presencia de OVNIS en el territorio nacional fueron omitidos ilegalmente. Uno de los casos que tipificam esta ilegalidade es la ausencia, en las informaciones desclassificadas, de ms de dieciseis horas de pel­culas super 16 mm, centenares de fotograf­as y otros tantos informes, originrios de una operacion sigilosa de la Fuerza Aerea Brasileña en los alrededores de Belen, ocurrida entre octubre y diciembre de 1977.

Por lo tanto, con ms de 30 años de ressalva, ya deber­an estar disponibles. El antiguo Servicio Nacional de Informacion, actual Agencia Brasileña de Inteligencia, participo, en parte, de esa operacion, que tomo el sugestivo codinome «Operacion Prato». La Folha de Sa£o Paulo, revistas ISTOe y UFO llegan a apuntar nominalmente algunas testigos de la existencia del material, as­ como tambien lo hicieron los ufologos en su documento protocolado en el Ejecutivo.

Tanto en este caso de la Operacion Prato, cuanto en otros que igualmente no fueron enviados por el Ministerio de la Defensa al Archivo Nacional, las testigos son taxativas al afirmar la existencia de documentos en las tres Fuerzas Armadas.

Para finalizar, informamos que tramitan en esta Casa dos proyectos de ley directamente vinculados a la cuestion ora levantada: el PL 5141/2009, de autor­a del dep. Guilherme Campos, que «Instituye el D­a Nacional de la Ufologia»; y el PL 5228/2009, de autor­a del Ejecutivo, que «Regula el acceso la informaciones previsto en el inciso XXXIII del art. 5u, inciso II del § 3u del art. 37 y en el § 2u del art. 216 de la Constitucion, y da otras providencias». Ambos con apoyo de los ufologos, se encuentran en la Comision de Constitucion, Justicia y Ciudadan­a.

El PL 5141, del cual soy relator, si suma a los anhelos de la comunidad que estudia el Fenomeno UFO, y visa tan solamente establecer homenaje, respeto y la seriedad a aquellos que buscan la verdad, alejando visiones preconceituosas de un estudio nacional y planetrio que ya completo 60 años.

El PL 5228 visa aperfeia§oar los mecanismos de acceso la informaciones publicas. Y es exactamente lo que pretenden tambien los investigadores de la Comision Brasileña de Ufologos con estos cuestionamientos al Señor Ministro de la Defensa Nelson Jobim.

Por lo tanto, el presente requerimento posibilita al Ministerio de la Defensa, y al Gobierno Federal, por extension, cumplir las solicitudes de los estudiosos amparados por cuerpo legal ya vigente.

Sala de las Sesiones, 12 de noviembre de 2009.

Chico Alencar
Diputado Federal, PSOL/RJ